RESOLUCION DE CONFLICTOS
LA MEDIACION
Marcelo
Alanoca Maldonado
e-mail:
marceloalanoca@hotmail.com
RESUMEN: El
conflicto es un problema suscitado por diferentes percepciones e intereses, en
el que las partes contendientes se enfrentan en una batalla sin armas mortales
o letales, incluso sin agresiones físicas, pero estas tienen bajas, es por ello
para tratar de no acrecentar mas la
crisis es necesaria la mediación que es la intervención de un tercero
imparcial, que no decide sobre el fondo del conflicto ni sobre las soluciones
que convengan a las partes es un proceso voluntario que se lleva a cabo con
carácter confidencial, el mediador, presta ayuda a las partes para llegar a un
acuerdo negociado en relación con una controversia o diferencia que tiene como
objetivo promover una solución entre ambas partes.
PALABRAS CLAVE: Conflicto, Mediación, Mediador, Solución.
1 INTRODUCCIÓN
La
Mediación es una técnica o procedimiento encaminado a la resolución de
conflictos que cuenta con la intervención de un tercero imparcial, que no
decide sobre el fondo del conflicto, consiste en la intervención de una tercera
persona, ajena e imparcial al conflicto, aceptada por las personas en conflicto
y sin poder de decisión sobre los mismos. La mediación es un proceso voluntario
que se lleva a cabo con carácter confidencial, en el que una persona sin
intereses creados, y que ha recibido la formación necesaria, a la que se
denomina el mediador, presta ayuda a las partes para llegar a un acuerdo
negociado en relación con una controversia o diferencia.
La
Mediación tiene como objetivos favorecer y estimular la comunicación entre las
partes, promover que ambas partes vean el conflicto de forma global, ayudar a
que ambas partes analicen las causas del conflicto, reducir siempre que sea
posible, las tensiones emocionales que puedan existir.
El Mediador debe poner al máximo su
experiencia, conocimiento y talento (carisma) al servicio de los mediados ya
que es la etapa de exponer posiciones, refutar las mismas, proponer,
contraponer, rechazar y discutir, por lo que las técnicas y estrategias deben
ser bien elaboradas por el tercero imparcial. Entre las ventajas de la
mediación esta que estas son; Privados, Confidenciales y tiene procedimientos
económicos y rápidos.
2 MEDIACIÓN, MEDIADOR Y CONFLICTO ESTRATÉGICO.
2.1 LA MEDIACION
Técnica o
procedimiento encaminado a la resolución de conflictos que cuenta con la
intervención de un tercero imparcial, que no decide sobre el fondo del
conflicto ni sobre las soluciones que convengan a las partes, es un
procedimiento no advesarial en el cual un tercero neutral ayuda a las partes a
negociar para llegar a un resultado mutuamente aceptable. El
procedimiento es informal, por lo que el mediador no está obligado por las
reglas procesales y dado su entrenamiento puede rápidamente simplificar el caso
y descartar lo irrelevante. Está hecho para facilitar las comunicaciones entre
los contrarios con lo que las partes pueden voluntariamente evitar el
sometimiento a un largo proceso judicial con el desgaste económico y emocional
que este conlleva.
2.2 EL MEDIADOR
El
mediador es un tercero neutral entrenado para brindar asistencia a las partes
en el proceso de búsqueda de soluciones aceptables y satisfactorias para ambas.
Su desempeño se basa primordialmente en ser un agente de realidad, en escuchar
atentamente a los contrarios e incentivarlos hacia un diálogo franco, de
exploración honesta de posibilidades para un acuerdo mutuo. EL Mediador busca favorecer y estimular la comunicación
entre las partes del conflicto, ayudar a que ambas partes analicen las causas
del conflicto, separando los intereses de los sentimientos, reducir las
tensiones emocionales que puedan existir entre ambas partes.
El
mediador no actúa como juez, ya no puede imponer una decisión, sino que solo ayuda a los contrarios a identificar los
puntos de controversia, a explorar las posibles bases de un acuerdo y las vías
de solución, puntualizando las consecuencias que habrían de no arribar a un pacto
de solución; por estos medios facilita la discusión e insta a las partes a conciliar
sus intereses. Plantea la relación en términos de cooperación, con enfoque de futuro
y con un resultado en el que todos ganan.
2.2 CONFLITO ESTRATÉGICO
Es
el conflicto que se crea deliberadamente con el objetivo de afectar la
estructura organizativa, es decir, para obligar a la organización a
redistribuir la autoridad, los recursos o responsabilidades funcionales.
Este
tipo de conflicto dentro del ámbito de mi conocimiento está presente desde que
el actual gobierno asumió el mando de los destinos de nuestro país, un claro
ejemplo son las Organizaciones Sociales buscan ahora ocupar espacios de
decisión, dentro de las instituciones públicas.
3 FACTIBILIDAD DE LA MEDIACION EN EL CONFLICTO ESTRATEGICO
La
Mediación es la intervención de un tercero imparcial, que no decide sobre el
fondo del conflicto ni sobre las soluciones que convengan a las partes, para
incentivar a la partes la realización de un dialogo franco, el mediador no es
un juez por ello no tiene poder de decisión solo interviene en el conflicto
para promover las posibles soluciones en
el conflicto.
Tomando
en cuenta que en el conflicto estratégico actúan dos partes claramente
identificadas por un aparte las Organizaciones Sociales y por otra los Órganos
de Gobierno. No se denota la intervención de un mediador imparcial que no
pertenezca a alguna de las partes, más aun si estas designaciones se las
realiza por atribuciones privativas establecidas en una normativa, de las autoridades
gubernamentales, lo que las autoridades Gubernamentales hacen es buscar un
acuerdo bilateral en la que ambas partes salgan beneficiadas.
Algunas veces el Defensor del Pueblo ha
intentado mediar en algunos conflictos, pero para poder ser mediador debe ser
aceptado por ambas partes, cosa que casi nunca ocurre.
Por lo que se concluye que dentro del conflicto estrategico
puesto como ejemplo y mencionado en los anteriores trabajos no es factible la
intervencion de un mediador imparcial pues casi siempre esta es resuelta por un
organo gubernamental o por la maxima autoridad que en este caso es el
Presidente del Estado Plurinacional, que no podria decir que no pertence a
ninguna de las partes, pues esta bien identificado como la maxima autoridad del
Ejecutivo.
3.1 LA MEDIACIÓN EN LA NORMATIVA BOLIVIANA
Este procedimiento alternativo de
resolución de conflictos es en Bolivia un tema de estudio escaso o mínimo, ya
que nuestro ordenamiento jurídico no contempla normas al respecto, es claro que
al no existir derecho positivo no hay mayor énfasis de estudio del mismo el
medio medio existentes viablemente dentro de la Normativa Nacional sobre la
mediacion podemos señalar Ley No. 1770
Ley de Arbitraje y Conciliación de de fecha 10 de marzo de 1997, por la que
se establece una normativa jurídica del arbitraje y la conciliación como medios
alternativos de solución de controversias, antes de someter sus litigios a los
tribunales ordinarios e inclusive durante su tramitación judicial, los árbitros
no deben representar los intereses de ninguna de las partes y deben ejercer sus funciones con absoluta
imparcialidad e independencia, mas que todo este tipo de mediacion se da en conflictos de tipo familiar y
social, una mediacion en la que participa un arbitro imparcial, que son responsables
civil y penalmente por el ejercicio desleal o fraudulento de su función o por
los daños ocasionados y por los delitos cometidos en el arbitraje, las partes
determinan quienes son sus arbitros este tiene que ser un numero impar para la
toma de una desición final.
Como antecedente de la práctica de la mediación en nuestro
país tenemos la realización del IV Congreso Mundial de de Mediación que se
llevó a cabo en la ciudad de La Paz el
mes de noviembre del año 2008; de este congreso se puede rescatar la intención
de las partes participantes al momento desuscribir el Manifiesto Bolivia el
reconocer que en nuestro país es urgente buscar elprocedimiento y aplicación de
esta práctica a fin de avanzar hacia una convivenciasocial armónica.
4. REFERENCIAS
[1] Ph.D. DAEN. Caballero Casas Juana –
Diapositivas de la Mediacion
[2] Ley No. 1770 Ley de
Arbitraje y Conciliación de de fecha 10 de marzo de 1997.
[3] Maria Rivas - La Mediación
en Bolivia, disponible en
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