jueves, 12 de junio de 2014

LA MEDIACION TRABAJO Nº 5



RESOLUCION DE CONFLICTOS


LA MEDIACION
Marcelo Alanoca Maldonado
e-mail: marceloalanoca@hotmail.com





         RESUMEN: El conflicto es un problema suscitado por diferentes percepciones e intereses, en el que las partes contendientes se enfrentan en una batalla sin armas mortales o letales, incluso sin agresiones físicas, pero estas tienen bajas, es por ello para tratar  de no acrecentar  mas  la crisis es necesaria la mediación que es la intervención de un tercero imparcial, que no decide sobre el fondo del conflicto ni sobre las soluciones que convengan a las partes es un proceso voluntario que se lleva a cabo con carácter confidencial, el mediador, presta ayuda a las partes para llegar a un acuerdo negociado en relación con una controversia o diferencia que tiene como objetivo promover una solución entre ambas partes.

PALABRAS CLAVE: Conflicto, Mediación, Mediador, Solución.  

1 INTRODUCCIÓN


La Mediación es una técnica o procedimiento encaminado a la resolución de conflictos que cuenta con la intervención de un tercero imparcial, que no decide sobre el fondo del conflicto, consiste en la intervención de una tercera persona, ajena e imparcial al conflicto, aceptada por las personas en conflicto y sin poder de decisión sobre los mismos. La mediación es un proceso voluntario que se lleva a cabo con carácter confidencial, en el que una persona sin intereses creados, y que ha recibido la formación necesaria, a la que se denomina el mediador, presta ayuda a las partes para llegar a un acuerdo negociado en relación con una controversia o diferencia.
La Mediación tiene como objetivos favorecer y estimular la comunicación entre las partes, promover que ambas partes vean el conflicto de forma global, ayudar a que ambas partes analicen las causas del conflicto, reducir siempre que sea posible, las tensiones emocionales que puedan existir.
 El Mediador debe poner al máximo su experiencia, conocimiento y talento (carisma) al servicio de los mediados ya que es la etapa de exponer posiciones, refutar las mismas, proponer, contraponer, rechazar y discutir, por lo que las técnicas y estrategias deben ser bien elaboradas por el tercero imparcial. Entre las ventajas de la mediación esta que estas son; Privados, Confidenciales y tiene procedimientos económicos y rápidos.

2 MEDIACIÓN, MEDIADOR Y CONFLICTO ESTRATÉGICO.

2.1 LA MEDIACION


Técnica o procedimiento encaminado a la resolución de conflictos que cuenta con la intervención de un tercero imparcial, que no decide sobre el fondo del conflicto ni sobre las soluciones que convengan a las partes, es un procedimiento no advesarial en el cual un tercero neutral ayuda a las partes a negociar para llegar a un resultado mutuamente aceptable. El procedimiento es informal, por lo que el mediador no está obligado por las reglas procesales y dado su entrenamiento puede rápidamente simplificar el caso y descartar lo irrelevante. Está hecho para facilitar las comunicaciones entre los contrarios con lo que las partes pueden voluntariamente evitar el sometimiento a un largo proceso judicial con el desgaste económico y emocional que este conlleva.




2.2 EL MEDIADOR


El mediador es un tercero neutral entrenado para brindar asistencia a las partes en el proceso de búsqueda de soluciones aceptables y satisfactorias para ambas. Su desempeño se basa primordialmente en ser un agente de realidad, en escuchar atentamente a los contrarios e incentivarlos hacia un diálogo franco, de exploración honesta de posibilidades para un acuerdo mutuo. EL Mediador  busca favorecer y estimular la comunicación entre las partes del conflicto, ayudar a que ambas partes analicen las causas del conflicto, separando los intereses de los sentimientos, reducir las tensiones emocionales que puedan existir entre ambas partes.
El mediador no actúa como juez, ya no puede imponer una decisión, sino que solo  ayuda a los contrarios a identificar los puntos de controversia, a explorar las posibles bases de un acuerdo y las vías de solución, puntualizando las consecuencias que habrían de no arribar a un pacto de solución; por estos medios facilita la discusión e insta a las partes a conciliar sus intereses. Plantea la relación en términos de cooperación, con enfoque de futuro y con un resultado en el que todos ganan.



2.2  CONFLITO ESTRATÉGICO 


Es el conflicto que se crea deliberadamente con el objetivo de afectar la estructura organizativa, es decir, para obligar a la organización a redistribuir la autoridad, los recursos o responsabilidades funcionales.

Este tipo de conflicto dentro del ámbito de mi conocimiento está presente desde que el actual gobierno asumió el mando de los destinos de nuestro país, un claro ejemplo son las Organizaciones Sociales buscan ahora ocupar espacios de decisión, dentro de las instituciones públicas.

3 FACTIBILIDAD DE LA MEDIACION EN EL CONFLICTO ESTRATEGICO


La Mediación es la intervención de un tercero imparcial, que no decide sobre el fondo del conflicto ni sobre las soluciones que convengan a las partes, para incentivar a la partes la realización de un dialogo franco, el mediador no es un juez por ello no tiene poder de decisión solo interviene en el conflicto para promover las posibles soluciones  en el conflicto.

Tomando en cuenta que en el conflicto estratégico actúan dos partes claramente identificadas por un aparte las Organizaciones Sociales y por otra los Órganos de Gobierno. No se denota la intervención de un mediador imparcial que no pertenezca a alguna de las partes, más aun si estas designaciones se las realiza por atribuciones privativas establecidas en una normativa, de las autoridades gubernamentales, lo que las autoridades Gubernamentales hacen es buscar un acuerdo bilateral en la que ambas partes salgan beneficiadas.  
     

 Algunas veces el Defensor del Pueblo ha intentado mediar en algunos conflictos, pero para poder ser mediador debe ser aceptado por ambas partes, cosa que casi nunca ocurre.      

Por lo que se concluye que dentro del conflicto estrategico puesto como ejemplo y mencionado en los anteriores trabajos no es factible la intervencion de un mediador imparcial pues casi siempre esta es resuelta por un organo gubernamental o por la maxima autoridad que en este caso es el Presidente del Estado Plurinacional, que no podria decir que no pertence a ninguna de las partes, pues esta bien identificado como la maxima autoridad del Ejecutivo. 


3.1 LA MEDIACIÓN EN LA NORMATIVA BOLIVIANA


     Este procedimiento alternativo de resolución de conflictos es en Bolivia un tema de estudio escaso o mínimo, ya que nuestro ordenamiento jurídico no contempla normas al respecto, es claro que al no existir derecho positivo no hay mayor énfasis de estudio del mismo el medio medio existentes viablemente dentro de la Normativa Nacional sobre la mediacion podemos señalar Ley No. 1770 Ley de Arbitraje y Conciliación de de fecha 10 de marzo de 1997, por la que se establece una normativa jurídica del arbitraje y la conciliación como medios alternativos de solución de controversias, antes de someter sus litigios a los tribunales ordinarios e inclusive durante su tramitación judicial, los árbitros no deben representar los intereses de ninguna de las partes y  deben ejercer sus funciones con absoluta imparcialidad e independencia, mas que todo este tipo de mediacion  se da en conflictos de tipo familiar y social, una mediacion en la que participa un arbitro imparcial, que son responsables civil y penalmente por el ejercicio desleal o fraudulento de su función o por los daños ocasionados y por los delitos cometidos en el arbitraje, las partes determinan quienes son sus arbitros este tiene que ser un numero impar para la toma de una desición final.




Como antecedente de la práctica de la mediación en nuestro país tenemos la realización del IV Congreso Mundial de de Mediación que se llevó a cabo en la  ciudad de La Paz el mes de noviembre del año 2008; de este congreso se puede rescatar la intención de las partes participantes al momento desuscribir el Manifiesto Bolivia el reconocer que en nuestro país es urgente buscar elprocedimiento y aplicación de esta práctica a fin de avanzar hacia una convivenciasocial armónica.

4.    REFERENCIAS


[1]  Ph.D. DAEN. Caballero Casas Juana – Diapositivas de la Mediacion
[2] Ley No. 1770 Ley de Arbitraje y Conciliación de de fecha 10 de marzo de 1997.
[3] Maria Rivas -  La  Mediación en Bolivia, disponible en



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